Primera Página – Agencia de Noticias –
Bogotá. – La Corte Constitucional tumbó otro decreto de emergencia para atender la crisis humanitaria en La Guajira declarada por el gobierno del presidente Gustavo Petro.
Se trata del Decreto 1272, que creaba una transferencia «no condicionada» para atender a las familias con niños y niñas en primera infancia y/o madres gestantes, que se encuentren en estado de desnutrición o en riesgo inminente de estarlo en ese departamento al norte de Colombia.
En su decisión, la Corte resolvió declarar la inexequibilidad por consecuencia del Decreto Legislativo 1272 de 2023, «con efectos retroactivos generales», salvo en cuanto a las transferencias «no condicionadas que hubieren sido efectivamente entregadas a la fecha de la sentencia, que salvaguardó por razones de seguridad jurídica y por el derecho a la confianza legítima en cabeza de sus receptores».
Esta norma declaraba que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, sería la entidad encargada de determinar el listado de la población que se beneficiaría con las transferencias monetarias no condicionadas.
De acuerdo con la normativa, la fuente de financiación de este subsidio se ejecutaría “mediante el proyecto de inversión implementación de transferencias monetarias no condicionadas para atención de emergencia Fondo de Inversión para la Paz (FIP)”.
El DPS estableció que el monto de transferencia era de $500.000.
Con relación a la periodicidad de la transferencia, el decreto definió que esta se daría “durante el término de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, se realizará el alistamiento de una única transferencia monetaria no condicionada a todos los potenciales beneficiarios”.
Con la declaratoria de inexequibilidad de esta norma ya son 12 los decretos que ha tumbado el alto tribunal respecto a a La Guajira quedando por fallar sólo dos decretos.





